La conciencia. Parte primera.

Que es conciencia.

Conciencia es el juicio próximo práctico que tiene cada uno acerca de la bondad de la acción que va a hacer. Ya dijimos que la norma de las acciones es la ley. Mas esta ley nosotros nos la aplicamos a nosotros mismos por medio de la conciencia, por donde para nosotros la ley en tanto es norma en cuanto se nos manifiesta por medio de la conciencia. No es la conciencia una facultad distinta de la razón; es la misma razón que se llama conciencia cuando versa sobre la moralidad, sobre la bondad, o malicia de nuestras acciones propias, cuando nos dicta lo que la ley manda hacer en cada caso particular que se nos va presentando. Presupone el conocimiento de la ley y hace su aplicación a nuestros casos personales.

Llamase conciencia porque es una ciencia intima mas que ninguna otra, una ciencia aplicada a nosotros mismos, que metida en nosotros no enseña a otros, sino nos dicta a nosotros mismos nuestro deber, si podemos o no hacer alguna cosa, o también después de hecha, si hemos obrado bien o mal. Y por eso se llama conciencia, como quien dice ciencia con nosotros, acerca de nosotros, para nosotros, ciencia interior, de nuestro espíritu, que versa y se consuma en lo mas intimo que tenemos nosotros, que son nuestras acciones morales.

La ley, norma de lo que se debe hacer.—La conciencia, norma de lo que debemos hacer.

La ley es norma de lo que debe hacer el genero humano. Mas como la ley pasa a nosotros por medio de la razón, y solo por medio de la conciencia se pone en contacto con nosotros, de nada nos serviría que existiese la ley si ella no entrara, como quien dice, en nuestra conciencia, y no nos dictara por medio de ella lo que nosotros debemos hacer en cada caso. Por eso, en ultimo termino. la norma de nuestras acciones es la conciencia.

Cada cual debe obrar según su conciencia.

La conciencia tiene fuerza obligatoria. Porque si bien la fuerza obligatoria es de la ley propiamente hablando, mas como la conciencia no es otra cosa que la ley aplicada a cada una de las acciones, síguese claramente que la misma fuerza que la ley tiene la conciencia. Por lo cual, así como la ley, por tener su fuerza de la voluntad de Dios, se llama voz de Dios, así también voz de Dios es llamada, y con razón, nuestra conciencia.

Ahora bien, así como la ley en si siempre es verdadera y buena, así, al contrario, la conciencia no siempre es buena, o mejor dicho, no siempre es recta y verdadera. Porque puede el hombre equivocarse, puede distraerse y olvidarse, puede errar, y esto unas veces sin culpa, otras por culpa suya. Por lo cual, conviene que sepamos antes que nada lo que debemos hacer con nuestra conciencia, y como debemos formarla si queremos proceder sin culpa y obrar conforme a la ley.

Diversas clases de conciencia.

Puede nuestra conciencia ser recta o errónea, según nos dicte lo que es conforme a la ley o lo que es distinto de la ley, la verdad o la mentira. Cuando es recta o verdadera, puede ser cierta o dudosa, probable o improbable, según dicte las cosas con firmeza o certidumbre o con duda y vacilación, con algún motivo o sin ninguno que valga. Y cuando no es recta, puede ser laxa o demasiado ancha, si sus dictámenes son menos severos que la ley; desgarrada o rota, si por efecto de los muchos pecados ya apenas nos dicta ninguna ley, y desprecia hasta las mas graves culpas; farisaica, si dando mucha importancia a menudas cosillas de ningún momento, da poca o ninguna a las mas graves; y por el contrario estrecha, si aprieta mas que la ley, exagerando los preceptos; escrupulosa, si en todas las cosas esta viendo y temiendo leyes morales y pecados, o, en fin, perpleja, que encuentra pecados por ambas partes, por una acción y por la contraria.

Estos defectos, además, los puede tener nuestra conciencia culpable o inculpablemente.

Nuestra primera obligación: formar la conciencia.—

Nuestra primera obligación es formar bien la conciencia, adquirir en cuanto podamos una conciencia recta, que nos dicte siempre en cada caso ni mas ni menos que lo que manda la ley. Porque si debemos obrar en conformidad con la ley, y la ley solo se nos manifiesta por medio de la conciencia, es preciso que, cuanto esta de nuestra parte, procuremos que la conciencia este conforme con la ley, para que así estén nuestras acciones conformes con la voluntad de Dios.

Digo en cuanto podamos, porque no es posible que el hombre sepa siempre rectamente lo que debe hacer; muchas veces nos equivocamos, muchas ignoramos la ley, muchas la entendemos mal. Hay muchos hombres que tienen muy poco entendimiento y alcanzan muy poco de la ley, o no tienen tiempo para estudiarla como conviene, ni tal vez persona a quien preguntar, y acaso ni caen en la cuenta de que deben preguntar o no se atreven.

Cuando así sucede sin culpa ninguna del hombre, entonces Dios no le exige mas que el que obre según su conciencia, aunque esta sea errónea, si es sin culpa ninguna suya. Porque la ley general, antes que ninguna otra, dada por Dios al hombre, es que proceda según el dictamen de su razón y que haga lo que esta le dicte, y se abstenga de lo que esta le prohíba.

Gran consuelo para evitar ansiedades inútiles, que suelen tener algunas personas, porque después de haber obrado según lo que ellas creían bueno y licito y tal vez santo, descubren que la ley de Dios condenaba lo que ellas habían hecho! Nadie se condenara, nadie desagradara a Dios, nadie pecara si obra conforme a su conciencia, aunque esta sea errónea sin culpa; porque Dios no castiga las equivocaciones o errores inculpables, sino los delitos de la voluntad que quiere el mal a sabiendas.

Por el contrario, esas personas, si en aquellos casos hubieran obrado contra su conciencia, hubieran hecho mal, aunque sin saberlo hubieran obrado conforme a alguna ley; porque Dios manda obrar según la conciencia, y esta ley es superior a las otras.

Ahora bien, pudiera ser que el hombre tuviese conciencia errónea, no precisamente por equivocación o defecto natural y sin culpa, sino porque no quiso evitar el error, porque descuido culpablemente su instrucción, porque no formo, como debía y podía, su conciencia; y en ese caso, no pecara por obrar conforme a su conciencia, llegado el caso, pero si pecara porque quiso el error y la falsedad de su conciencia, y de ello será responsable ante Dios.

En efecto, el que sin culpa suya ignora una. ley o la entiende mal o tiene algún error, no peca obrando conforme a esa conciencia; porque tiene obligación de obrar según ella, y por otra parte no tiene culpa en su error. Mas el que por culpa suya ignora una ley, o la entiende mal, o tiene algún error, peca aunque obre según y conforme a su conciencia, porque, si bien debe obrar según su conciencia, pero debe evitar el error, y tiene culpa en su error. Ahora bien, .,¿cómo formar bien la conciencia de modo que no tengamos culpa? Estudiando la ley de Dios, expresión de la voluntad divina.

Puntos de catecismo, Vilariño, S.J.