La Misa. Cuarta parte.

Obligación de celebrar.-

De suyo no tienen los sacerdotes obligación de celebrar sino varias veces al ano y los Obispos y Superiores deben procurar que lo hagan, al menos, los domingos y días festivos. Los pastores de almas, como Obispos, párrocos, están obligados a celebrar las Misas por sus ovejas, por sus pueblos, todos los domingos y dias de precepto, aun en las fiestas suprimidas del Código, como son: Lunes de Pascua, Invención de la Cruz, Purificación, Anunciación, Natividad de la Virgen, San Miguel, San .luna Bautista, los Santos Apóstoles, San Esteban, Santos Inocentes, San Lorenzo, San Silvestre, Santa Ana, el Patrón del Reino y el Patrón del lugar.

Estipendio. –

Estipendio es una limosna que para que tenga honesto sustento se da a un sacerdote, aunque sea rico, según el uso corriente y aprobado de la Iglesia, a condición de que celebre y aplique la Misa a intención de quien da el estipendio. Y por eso, excepto el día de Navidad, si un sacerdote conlicencia celebrase dos o mas Misas, no puede recibir estipendio sino por una. El día de las Animas puede recibir por una; la segunda hay que aplicarla por todas las Animas y la tercera por la intención del Papa. El que recibe estipendio esta obligado, en justicia, a celebrar la Misa a intención de quien lo de.

Leyes de la Iglesia sobre estipendios.—

Para que no se falte por los sacerdotes en esta cuestión de los estipendios, ha dado la Iglesia leyes muy rigurosas acerca de este punto. El estipendio mayor o menor no hace que la Misa valga mas o menos; esta vale aunque no se diese o se recibiese estipendio. La cantidad minima de cada estipendio la suelen señalar los Prelados en cada diócesis, si bien el sacerdote puede recibir estipendio mayor si se le da y también menor si el Ordinario del lugar no lo hubiere prohibido. Los fieles deben ser generosos con sus sacerdotes y considerar que en esto hacen una limosna muy bien empleada.’ Por desgracia, cada día escasean mas los fieles en este socorro a sus sacerdotes y así pierden mucho fruto de Misas y mucho de limosnas. El celebrante debe celebrar la Misa en el tiempo que le señala el que le da el estipendio y si no se lo señalan debe celebrarla pronto, dentro de ciertos  términos fijados por cánones. Cuando en un testamento se dejan muchas Misas, no es preciso celebrarlas todas en seguida; pero se deben celebrar algunas en seguida de la muerte del testador.

Modo de celebrar Misa.—-

Tiempo. Se puede decir Misa en todos los días, excepto el Viernes Santo, en que no hay ninguna, sino la que se llama Misa de Presantificados, es decir, de lo que se consagro el día antes, el Jueves Santo, en que solo hay una Misa solemne. El Jueves Santo se puede, con licencia del Prelado, decir otra antes que la solemne para los enfermos. En cambio en Navidad y en el día de las Animas se pueden decir tres.

Horas de decir Misa.—

Se puede celebrar desde una hora antes de la aurora hasta una después del mediodía y, con causa grave o permiso, mas. Duración. Debe durar de veinte minutos a media hora o poco mas. Pero no es licito decirla en menos de un cuarto de hora. Sitio. Debe celebrarse en un altar consagrado (propiamente el altar es el ara) y en una iglesia u oratorio consagrado o bendito. Para celebrarla fuera o al aire libre se necesita permiso.

Puntos de catecismo, Vilariño, S.J.